lunes, 25 de febrero de 2013

Sistema de ahorro de energia electrica en los años 70´s y 80´s

Respaldado por la Constitución chilena de 1980, el Código de Aguas de 1981 estableció el marco que debía seguirse para asignar y manejar los recursos hídricos en Chile. Conocido a nivel internacional como el "modelo chileno", la experiencia chilena en el manejo de recursos hídricos se caracteriza por su uso de las fuerzas del libre mercado y los mercados de agua para reasignar el agua a usos de alto valor. Aunque en Chile existían derechos privados sobre el agua antes de 1981, los códigos de aguas previos restringían la creación y el funcionamiento de un mercado de agua eficiente. Mientras se elaboraba el borrador del Código de Aguas entre finales de los años 70 y principios de los 80, el gobierno se preocupó por los problemas de riego y de la agricultura. Los artífices del Código de Aguas de 1981 intentaron ser eficientes en la reasignación del agua dentro de los mercados agrícola y de riego. Como afirmó Hernán Buchi, ex-Ministro de Hacienda de Chile (1985–1989), “el objetivo de la acción gubernamental en este campo era crear sólidos derechos de uso del agua para facilitar el correcto funcionamiento del mercado como mecanismo de asignación”.
 
En su libro sobre el derecho de aguas chileno, "The Siren Song" (Canto de sirenas), Carl. J. Bauer ofrece una crítica equilibrada del modelo chileno con sus aspectos positivos y las áreas en las que el modelo no ha funcionado tan bien. Entre algunos de los problemas se encuentran: la protección ambiental, el manejo de las cuencas fluviales, el interés público, la equidad social, la coordinación de usos múltiples y resolución de conflictos por el agua". Además, Bauer escribe que el marco legal e institucional ya no es capaz de hacer frente a los problemas relacionados con el modelo. El autor prosigue para afirmar que "el marco actual se caracteriza por una combinación de elementos que se reafirman entre sí para mantener el status quo: 1) derechos económicos privados sólidos y ampliamente definidos, 2) autoridad reguladora muy limitada y 3) un poder judicial poderoso pero errático, sin experiencia en asuntos de políticas públicas y con una visión estrecha y formalista del derecho".
Con el apoyo de los economistas del Banco Mundial y del Banco Interamericano de Desarrollo y la oposición de los defensores del comando y control, el modelo chileno ha sido estudiado y documentado extensamente por sus métodos innovadores a la par que controvertidos. El Código de Aguas de 1981 marcó el inicio para Chile de un entorno de reglamentación fundamentado en el manejo de los recursos hídricos basado en el libre mercado y alejado de los métodos de comando y control que fallaron antes de 1981 para asignar de forma eficaz los recursos hídricos y obtener ganancias económicas. Bauer propuso que, junto con la Constitución de 1980, el Código de Aguas de 1981 ha logrado alcanzar con éxito muchas de sus prioridades iniciales, especialmente aquéllas que fortalecen los derechos de propiedad privada. De acuerdo con Bauer, las prioridades iniciales del modelo chileno incluyen, entre otras, las siguientes: "1) seguridad de los derechos de propiedad privada para fomentar la inversión privada en el uso del agua y la infraestructura hídrica, lo que permitiría nuevas explotaciones mineras en el norte de Chile y la plantación de frutas y verduras de alto valor para la exportación. 2) Regulación gubernamental muy limitada con respecto al uso y el manejo del agua. 3) Libertad de comercio de los derechos sobre el agua para permitir la reasignación de recursos hídricos de un uso de bajo valor a un uso de alto valor allí donde los costos de transacción sean bajos y el agua, escasa. 4) Autonomía del gobierno de las asociaciones privadas de usuarios de los canales. Esto ha alentado a las organizaciones a mejorar su capacidad administrativa y técnica. Estas asociaciones operan principalmente en el sector agrícola. 5) Creación de derechos sobre el agua no destinada al consumo para fomentar el desarrollo de la energía hidroeléctrica".

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